El Presidente de la Junta General del Valle de Aezkoa ha dictado en el día de hoy la siguiente RESOLUCIÓN:
– Visto informe técnico del Servicio de Euskera, revisada la información y justificación aportada por cada solicitante y por la entidad AEK para los cursos intensivos y extensivos correspondientes al curso escolar 2019-2020
– Visto lo dispuesto en la ordenanza reguladora de las ayudas al aprendizaje de euskera de la Junta General del valle de Aezkoa
RESUELVO:
1º- Conceder las subvenciones por los importes que se desglosan a continuación a los titulares cuyo DNI se hace constar en la relación:
NAN/DNI | IKASTAROAREN KOSTUA / COSTE CURSO | DIRULAGUNTZA / SUBVENCIÓN |
—82969W | 173,00 € | 86,50 € |
—49610Q | 317,00 € | 158,50 € |
—95022W | 316,00 € | 158,00 € |
—37327X | 317,00 € | 158,50 € |
—60619P | 317,00 € | 158,50 € |
—10989F | 403,00 € | 201,50 € |
—49953H | 316,00 € | 158,00 € |
—37398L | 403,00 € | 201,50 € |
—06734G | 403,00 € | 201,50 € |
—436953 | 316,00 € | 158,00 € |
—84793Z | 316,00 € | 158,00 € |
—70830R | 424,00 € | 212,00 € |
GUZTIRA/TOTAL | 4.021,00 € | 2.010,50 € |
2º.- Denegar la ayuda al expediente de solicitud que se indica, por los motivos de referencia:
NAN/ DNI | ARRAZOIA / MOTIVO |
—76690R | No acreditar lo establecido en el artículo 2 de la Ordenanza para la Regulación de ayudas al aprendizaje del euskera: Tendrán derecho a percibir estas ayudas los vecinos del Valle de Aezkoa que, estando empadronados con al menos un año de antigüedad a la fecha de la solicitud, residan efectivamente en cualquiera de los nueve municipios del Valle durante nueve meses al año y que realicen cursos de entidades promotoras de la enseñanza del euskara para adultos. |