El Presidente de la Junta General del Valle de Aezkoa ha dictado en el día de hoy la siguiente RESOLUCIÓN:

– Visto informe técnico del Servicio de Euskera, revisada la información y justificación aportada por cada solicitante y por la entidad AEK para los cursos intensivos y extensivos correspondientes al curso escolar 2019-2020
– Visto lo dispuesto en la ordenanza reguladora de las ayudas al aprendizaje de euskera de la Junta General del valle de Aezkoa

RESUELVO:

1º- Conceder las subvenciones por los importes que se desglosan a continuación a los titulares cuyo DNI se hace constar en la relación:

NAN/DNI IKASTAROAREN KOSTUA  / COSTE CURSO DIRULAGUNTZA /  SUBVENCIÓN
—82969W 173,00 € 86,50 €
—49610Q 317,00 € 158,50 €
—95022W 316,00 € 158,00 €
—37327X 317,00 € 158,50 €
—60619P 317,00 € 158,50 €
—10989F 403,00 € 201,50 €
—49953H 316,00 € 158,00 €
—37398L 403,00 € 201,50 €
—06734G 403,00 € 201,50 €
—436953 316,00 € 158,00 €
—84793Z 316,00 € 158,00 €
—70830R 424,00 € 212,00 €
GUZTIRA/TOTAL 4.021,00 € 2.010,50 €

2º.- Denegar la ayuda al expediente de solicitud que se indica, por los motivos de referencia:

NAN/ DNI ARRAZOIA / MOTIVO
—76690R No acreditar lo establecido en el artículo 2 de la  Ordenanza para la Regulación de ayudas al aprendizaje del euskera: Tendrán derecho a percibir estas ayudas los vecinos del Valle de Aezkoa que, estando empadronados con al menos un año de antigüedad a la fecha de la solicitud, residan efectivamente en cualquiera de los nueve municipios del Valle durante nueve meses al año y que realicen cursos de entidades promotoras de la enseñanza del euskara para adultos.